7 oct 2011

Corte declara exequible ley de Habeas Data

Tomado de Dinero.com

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) será la encargada de sancionar a las entidades que incumplan la normatividad.


Habeas data es una acción legal que tienen las personas que figura en un registro o banco de datos, de acceder a tal registro para conocer qué información existe sobre él, y de solicitar la corrección de esa información si le causara algún perjuicio.


El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, Sergio Díaz-Granados, expresó su satisfacción y aplaudió la declaratoria de exequibilidad de la Ley de Protección de Datos Personales, por parte de la Corte Constitucional, teniendo en cuenta las expectativas que se abren en materia de inversión extranjera y de generación de empleo en el sector de tercerización de procesos de negocio (BOP&O), identificado como de clase mundial en el marco del Programa de Transformación Productiva (PTP), que lidera esa Cartera.

“Este hecho constituye un logro importante del Gobierno Nacional en materia de protección integral del derecho fundamental de “Habeas Data”, consagrado en el artículo 15 de la Constitución Política, y es un paso importante en la consolidación de un sistema robusto de protección para los titulares de dichos datos, al ser la primera Ley general que se expide en Colombia sobre la materia”, señaló el Ministro, quien participó activamente en su elaboración y desarrollo.

Al respecto, dijo que se procuró que dicha normatividad reflejara las tendencias más actuales en la materia, sobre la base de referentes internacionales, facilitando la creación de mecanismos de protección de tipo administrativo para la protección de este derecho, y creando reglas claras sobre los deberes y obligaciones que tienen los responsables y encargados del tratamiento de datos.

En la actualidad, Colombia es considerado como un país no seguro en protección de datos por la Unión Europea, lo que se traduce en un obstáculo comercial a la transferencia de datos personales de ciudadanos europeos para que sean tratados en Colombia, y limita sustancialmente el crecimiento del sector de BOP&O.

“Con la declaración de exequibilidad de la norma, el país reafirma su compromiso en la protección de este derecho, a la par que eliminará barreras en la transferencia de datos personales a Colombia, haciendo de este, un mercado más atractivo en la región para los servicios de tercerización, generando más empleo y consolidando el sector de servicios en Colombia”, añadió.
En relación con los artículos que la Corte declaró inexequibles, los mismos no afectan la integralidad del proyecto ya que fueron radicados en último debate y no hacían parte del proyecto original que radicó el Gobierno en cabeza del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

En términos generales, la Ley protege el derecho que tienen los colombianos, a que su información personal no sea utilizada con fines comerciales sin su previa autorización, por lo que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), será la encargada de sancionar a las entidades que incumplan con las disposiciones contenidas en la ley, bien sean del sector financiero, salud, comunicaciones, comercial o cualquier otro, a través de una nueva delegatura dedicada exclusivamente a la protección de datos personales.